PARO CARDIORESPIRATORIO EN NIÑOS

Consideraciones generales:

(1) Cuando hay un equipo de dos personas en la Ambulancia de Soporte Avanzado (A.S.A.); eventualmente, solicite refuerzo al Centro de Operaciones.

(2) Continúe maniobras de RCP sin interrupciones, al menos que haya que realizar maniobras vitales como intubación, choque eléctrico. La relación de compresiones torácicas y ventilaciones para los diferentes grupos de edad es la siguiente:

Relación Compresión: Ventilación  
  Recién Nacidos < de 1 mes  3:1 (30 ciclos/min)
Infantes > de 1 mes y niños
(hasta la pubertad)
15:2
(10 ciclos en 2 minutos)
2 reanimadores
30:2
(5 ciclos en 2 minutos)
1 reanimador

(3) Las ventilaciones de rescate en pacientes pediátricos de 1 año hasta la pubertad con o sin manejo avanzado de la vía aérea utilizando la Bolsa válvula mascarilla, es de 1 ventilación cada 2 a 3 segundos; en neonatos es de 1 ventilación cada 1 – 1.5 segundos

(4) En niños menores de 1 año revisar el pulso en la arteria braquial o femoral.

(5) Realizar la compresión al menos un tercio del diámetro antero-posterior del tórax, esto equivale a 4cm en la mayoría de los lactantes y 5cm en la mayoría de los niños.

(6) En ausencia de comunicación con el médico informar al despacho del manejo de la situación (horas de los eventos, medicamentos utilizados, maniobras invasivas).

(7) En las áreas donde no haya cobertura de señal telefónica ni vía radio, debe proceder con el protocolo adecuado a la situación, documentar y/o comunicar al médico del despacho en cuanto se tenga comunicación.

Criterios de no reanimación y suspensión de esfuerzos de reanimación para pacientes pediátricos y neonatos.

General:

  1. El Técnico en Urgencias Médicas (TUM) que asiste en el escenario de una emergencia al que fue despachado, sin la presencia de un médico en el lugar, comenzará a practicar la reanimación en todos los casos excepto los criterios a continuación:

Criterios para no comenzar la RCP:

  1. Situaciones en las que los intentos de realizar una reanimación cardiopulmonar pondrían al rescatador en riesgo de sufrir lesiones graves o peligro de muerte (por ejemplo, exposición al fuego o toxinas).
  1. Signos clínicos evidentes de muerte irreversible (por ejemplo, rigor mortis, lividez cadavérica, decapitación, transección, manchas de muerte, descomposición)
  1. Orden de no intentar reanimación: Voluntad expresa o por escrito (notariado) del paciente o tutor legal, de no intentar reanimarlo. Ley 68 sobre el consentimiento del paciente.
  1. Parada prolongada sin maniobras previas (>20 minutos)
  1. En neonatos son indicaciones de no reanimación: 
    • Prematuridad extrema (edad gestacional menor de 23 semanas de gestación y/o peso menor de 400g), salvo que presente un peso bajo para su edad gestacional o esté muy vital para su edad gestacional.
    • Detección prenatal de anomalías congénitas graves incompatible con una vida aceptable.

Durante la reanimación, considere la suspensión de maniobras:

  1. Transcurrido 20 minutos sin retorno de circulación espontánea aplicando el soporte vital avanzado, en consenso con familiares y equipo de trabajo; con presencia de los siguientes signos clínicos de muerte: ausencia de reflejo del tallo cerebral (reflejo pupilar, reflejo corneal, reflejo oculocefalogiro, reflejo oculovestibular, reflejo nauseoso), enfriamiento; solicite lineal al médico para suspensión de maniobras.
  1. En neonato con un puntaje de APGAR de 0 a los 20 minutos, en los prematuros tardíos y recién nacidos a término, en estos casos si la frecuencia cardíaca permanece indetectable, se sugiere detener la reanimación.
  1. Tras iniciarse la RCP se confirma el diagnóstico de una enfermedad incurable sin posibilidad de tratamiento.
  1. Pacientes con retorno de la circulación espontánea.
  1. Pocos recursos para realizar el RCP y el reanimador está exhausto.

(8) De acuerdo con el protocolo, el TUM interrumpirá las maniobras de reanimación previa autorización médica. En las áreas donde no haya cobertura de señal telefónica ni vía radio, debe proceder con el protocolo adecuado a la situación, documentar y/o comunicar al médico del despacho en cuanto se tenga comunicación.

(9) El Técnico en Urgencias Médicas de la Ambulancia de Soporte Avanzado, no está autorizado a interrumpir el proceso de reanimación en los siguientes casos:

  1. Posibles donantes de órganos.
  1. Sospecha de paro cardíaco como resultado de ahogo o descargas eléctricas, hipotermia Severa.
  1. Confirmación y/o sospecha sobredosis de medicamentos y de drogas.
  1. Casos en los que se sabe de la existencia de serio desequilibrio electrolítico (por ejemplo, pacientes de diálisis) y de serios disturbios metabólicos y endocrinos (pacientes diabéticos).
  1. Oposición drástica de los familiares a interrumpir la reanimación.